El RIJ presta un servicio de apoyo a la gestión de recobro en la que intervienen abogados procuradores y graduados sociales colegiados, mediante un procedimiento sencillo y rápido, tratando de asegurar la satisfacción de deudas mediante el empleo de la presión social y económica que supone su inclusión en un fichero de morosidad. Para ello, procede a la publicación de las mismas conforme al siguiente método: La mercantil Desarrollo de Aplicaciones Jurídicas, responsable del fichero, requiere de pago al deudor por carta certificada o burofax (según la modalidad contratada) advirtiéndole de la inclusión en el fichero en caso de mantenerse en el impago. Si el deudor, tras recibir la notificación, no paga en el plazo de cinco días se le incluye en el fichero de morosos RIJ y se le envía otra carta certificada por la que se le notifica de tal inclusión y de los perjuicios que puede sufrir como consecuencia de la misma. Dicha información podrá ser consultada por cualquiera que pueda acreditar tener interés legítimo en conocer los datos de solvencia de la persona en cuestión.