Según la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, una deuda puede estar incluida en un fichero de morosidad un máximo de 5 años desde la fecha de vencimiento de la misma. En consecuencia, con el fin de cumplir íntegramente con la legalidad vigente, una vez transcurrido este período el sistema lo detectará cancelando la publicación y pasando la reclamación al estado "Expirada" de manera automática.