La inclusión de deudas de personas físicas en el RIJ es una actuación perfectamente legal, así como también de personas jurídicas. No obstante, los impagos publicados han de corresponderse con deudas ciertas y actuales, de modo que el acreedor tiene la obligación de informar al fichero el pago realizado por el deudor para dar de baja a la mayor brevedad los datos de éste del listado de morosidad.
Para notificar al RIJ que tu deuda ha sido cobrada, deberás seguir tres pasos:
- Acceder a la plataforma del RIJ.
- Acceder a "MIS RECLAMACIONES".
- Notificar al RIJ que has cobrado la deuda.
Accede a la plataforma del RIJ
En primer lugar debes acceder al portal de clientes.
Accede a "MIS RECLAMACIONES"
Una vez hayas entrado a la plataforma del RIJ debes hacer clic en la pestaña "MIS RECLAMACIONES". Te aparecerá un listado con las reclamaciones que tienes en trámite, de modo que habrás de seleccionar la deuda que te hayan abonado y hacer clic en la derecha de la reclamación, en la pestaña "Ver".
Notificar al RIJ que has cobrado la deuda
Una vez hayas seleccionado la reclamación deseada, en la parte superior de la nueva página verás un recuadro con dos pestañas: "Impago recuperado" y "Desistir". Para notificar a RIJ que ya has cobrado la deuda haz clic en la pestaña "Impago recuperado" y, de manera automática, nuestros agentes recibirán la información de modo que si la deuda estaba publicada en el fichero de morosos del RIJ, ésta será eliminada.