Acceda a nuestro portal web
Acceda a la plataforma a través de la web www.registrodeimpagadosjudiciales.es o a través del enlace habilitado en el Portal de Servicios RedAbogacía, con su tarjeta ACA.
Si es la primera vez que accede, rellene el formulario de registro, incluyendo los datos de carácter personal solicitados. Lea atentamente y de forma detenida las condiciones y términos de uso de la plataforma y si está conforme, acéptelos. Como usuario registrado, podrá crear una cuenta, a través de la cual, podrá acceder, en ulteriores ocasiones, mediante la inserción de su nombre de usuario y contraseña personal, a un área privada, donde podrá:
- acceder a los datos personales que haya proporcionado al Registro de Impagados Judiciales
- acceder a los datos de facturación e historial de compra
- realizar nuevas contrataciones
Si el acreedor es su cliente, descargue y rellene el modelo de autorización que encontrará en el formulario de la reclamación.
Realice una solicitud de publicación en el RIJ
Entre en su panel de usuario, seleccione la modalidad “publicar deuda” y rellene un breve formulario con los datos del acreedor deudor y la deuda y aporte el documento acreditativo del traslado al deudor del requerimiento de pago y advertencia de inclusión en el fichero RIJ, y de tratarse de un deudor persona física, también en el fichero FEIJ.
Verificación
Nuestro equipo revisará, en un plazo máximo de 48 horas, si ha realizado la solicitud correctamente.
Envio de e-mail al usuario con el certificado acreditativo de la inclusión
Tras la verificación anterior, la plataforma emitirá un certificado acreditativo de la inclusión de los datos de la deuda en el fichero RIJ al que podrá acceder a través de un enlace que recibirá por e-mail dentro de las 48 horas siguientes.
Notificación de inclusión en el fichero
El citado certificado, habrá de aportarlo usted al procedimiento judicial en curso seguido frente al deudor a fin de dar cumplimiento a la preceptiva notificación al deudor de la incorporación de sus datos al fichero RIJ. La información incluida en el fichero permanecerá bloqueada durante 30 días desde la inclusión, durante los cuales, si el deudor desea evitar que los datos relacionados con la deuda en cuestión se publiquen, podrá realizar el pago.
Publicación de la deuda
Transcurridos 30 días desde la notificación de inclusión, si el deudor no paga, haremos pública la información y la haremos accesible a cualquier letrado colegiado del país (vía consulta directa y gratuita) a INFORMA D&B, que ofrecerá la información sobre deuda relativa a personas jurídicas en sus informes comerciales y a EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A, que pondrá a disposición de sus entidades adheridas la información publicada relativa a personas físicas y autónomos.
Igualmente, el deudor, durante ese plazo podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición o limitación del tratamiento (derechos ARSOL), con arreglo a la normativa aplicable.