La dirección del remitente que aparece en las cartas de requerimiento previo que se envían por carta o burofax, según la modalidad elegida, a los deudores con la advertencia de ser incluidos en el fichero RIJ para el caso de mantenerse en el impago, no es la dirección del acreedor sino la dirección de la oficina de nuestra sede principal.
¿Por qué la dirección del remitente es la del RIJ?
Con el objetivo de ofrecerte la mejor experiencia, nosotros nos encargamos de todo el trámite y hacemos un seguimiento del envío. Así, en caso de que el envío del requerimiento de pago o la notificación de inclusión resulte devuelto por cualquier motivo, dicha devolución llegará a nuestras oficinas y nosotros nos encargaremos de gestionarlo y seguir con el trámite.